
Fiscalidad de las criptomonedas en Andorra: todo lo que necesitas saber
Andorra es conocida por su fiscalidad ventajosa, que atrae a muchos inversores, especialmente en el ámbito de las criptomonedas.
¿Cómo tributan las criptomonedas en Andorra?
En Andorra, las ganancias de capital obtenidas por la venta de criptomonedas están sujetas al impuesto sobre la renta. El tipo impositivo es del 10%, tras una reducción de 3.000 euros. Es decir, si compras un Bitcoin por 10.000 euros y lo vendes por 20.000 euros, tendrás que pagar 1.000 euros en impuesto sobre plusvalías.
Los intercambios de criptomonedas entre ellos no están sujetos a impuestos. Por otro lado, la adquisición de bienes o servicios en criptomonedas está sujeta al impuesto a la renta, en la medida que resulte en una ganancia de capital.
¿Por qué Andorra resulta atractiva para los inversores en criptomonedas?
Andorra resulta atractiva para los inversores en criptomonedas por varios motivos:
- Tasa impositiva baja: la tasa impositiva del 10% es relativamente baja, en comparación con muchos otros países.
- Fiscalidad transparente: la fiscalidad de las criptomonedas en Andorra es clara y sencilla de entender.
- Un marco legal estable: Andorra adoptó regulaciones sobre criptomonedas en 2022, lo que proporciona un marco legal estable para los inversores.
¿Cómo declarar tus criptomonedas en Andorra?

Los inversores en criptomonedas deben declarar sus ganancias de capital en su declaración del impuesto sobre la renta. La declaración deberá realizarse antes del 31 de diciembre del año calendario.
Para declarar tus criptomonedas, debes proporcionar la siguiente información:
- La fecha de adquisición y el precio de compra de la criptomoneda.
- La fecha de venta y el precio de venta de la criptomoneda.
- El importe de la ganancia de capital realizada
Ejemplos de situaciones fiscales
A continuación se muestran algunos ejemplos de situaciones fiscales para inversores en criptomonedas en Andorra:
- Adquisición de una criptomoneda por 10.000 euros y venta por 20.000 euros: la plusvalía es de 10.000 euros, de los cuales 1.000 euros son imponibles (10% de 10.000 euros).
- Intercambio de un Bitcoin por 10 Ethereum: el intercambio no está sujeto a impuestos.
- Adquisición de un inmueble por 100.000 euros en Bitcoin: la plusvalía es de 0 euros, porque el inmueble se considera un activo tangible y no una criptomoneda
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