
Impuestos de Sociedades en Andorra
Nos complace presentar una entrevista exclusiva a Joan-Francesc Montané Debias, fundador y director de Clickand, el centro de negocios formado por expertos fiscales ubicado en la Av. del Pont de la Tosca, 11 AD700 Escaldes-Engordany en Andorra. Con su experiencia y conocimientos en el ámbito fiscal, Joan-Francesc nos guía a través de los entresijos del sistema fiscal andorrano, proporcionando aclaraciones claras y consejos perspicaces.
En esta entrevista, exploramos varios aspectos del sistema fiscal en Andorra y trataremos todos los aspectos relacionados con la fiscalidad y la fiscalidad de las empresas en Andorra. Desde los fundamentos del régimen único hasta los atractivos regímenes especiales y las normas antievasión. Joan-Francesc comparte información crucial sobre cómo tributan las empresas residentes y no residentes, al tiempo que desvela las tendencias actuales y las posibles reformas futuras en el panorama fiscal andorrano.
Guiados por la experiencia de Joan-Francesc, descubriremos y comprenderemos mejor las oportunidades y peculiaridades que hacen de Andorra un actor importante en el panorama fiscal internacional.
Casos generales del impuesto de sociedades y la fiscalidad en Andorra
Desde un punto de vista general, te pediré explicaciones sobre los detalles de los impuestos en Andorra para que los lectores puedan orientarse fácilmente según su caso.
¿Cómo se estructura la fiscalidad de las sociedades en Andorra? ¿Existen múltiples niveles de tributación?
En Andorra, el sistema del impuesto de sociedades se basa en un único sistema. A pesar de dividir el país en siete parroquias, es fundamental tener en cuenta que estas entidades no aplican el impuesto de sociedades. En su lugar, se pueden cobrar tasas municipales y administrativas, pero siguen estando separadas del impuesto de sociedades. Esta simplicidad contribuye a la transparencia del sistema fiscal andorrano, haciendo accesible y atractiva la fiscalidad de las empresas.
¿Qué impuestos se aplican a las empresas residentes en Andorra y cuáles son los tipos aplicables?
Las personas jurídicas residentes en Andorra están sujetas a un impuesto de sociedades del 10%, calculado sobre sus beneficios. Una particularidad importante se refiere a los fondos de capital variable y a las sociedades de inversión, que se benefician de una exención total del impuesto de sociedades, es decir, de un tipo del 0 %. Además, se puede aplicar una pequeña tasa municipal, dependiendo de la parroquia y del tamaño del local comercial. Estos matices tienen como objetivo crear un entorno fiscal justo y, al mismo tiempo, alentar a ciertos sectores a prosperar.
¿Cuál es la base imponible del Impuesto sobre Sociedades en Andorra? ¿Se calcula sobre los ingresos, las ganancias, los ingresos comerciales específicos, las ganancias presuntas o alguna otra base imponible?
Joan-Francesc: En Andorra, el impuesto de sociedades se basa en los beneficios generados por las actividades globales de una empresa. Esto significa que la tributación está directamente relacionada con los beneficios obtenidos, proporcionando un enfoque claro y sencillo para evaluar la carga fiscal de las empresas que operan en nuestra jurisdicción. Con esta transparencia se pretende simplificar el proceso fiscal y fomentar un entorno empresarial saludable.
¿Existe un trato diferenciado basado en la naturaleza de los ingresos imponibles, como las ganancias sobre los activos frente a los ingresos comerciales o los ingresos por dividendos?
Joan-Francesc: En Andorra, todas las rentas mundiales están sujetas al mismo tipo impositivo, independientemente de su naturaleza. Sin embargo, es importante tener en cuenta que existen disposiciones legales que permiten la exención de ciertos tipos de ingresos, como las ganancias de capital y los dividendos. Este enfoque tiene por objeto garantizar la equidad fiscal y, al mismo tiempo, proporcionar incentivos específicos para determinados aspectos de la actividad económica.
¿El régimen fiscal de Andorra es global, territorial o una combinación de ambos?
Joan-Francesc: En Andorra, el sistema fiscal adoptado es global. Esto significa que la tributación se aplica a los ingresos generados tanto a nivel nacional como internacional. Este enfoque ofrece una visión holística de la actividad financiera de las empresas, mejorando la transparencia del sistema fiscal andorrano.
¿Pueden las empresas de Andorra utilizar y/o trasladar pérdidas a efectos fiscales, y existe alguna restricción al uso de pérdidas extranjeras a nivel nacional?
Joan-Francesc: De hecho, en Andorra, las empresas tienen la opción de utilizar y trasladar las pérdidas durante los próximos 10 años, ofreciendo flexibilidad para mitigar el impacto fiscal. Con respecto a las pérdidas en el extranjero, bajo ciertas condiciones, las empresas andorranas están autorizadas a compensarlas a nivel nacional. Esta disposición tiene por objeto fomentar la resiliencia financiera de las empresas, promoviendo al mismo tiempo un cierto grado de apertura a los flujos económicos internacionales.
En Andorra, ¿existe una distinción entre el beneficiario efectivo y el titular legal en términos de tributación, o solo se grava el propietario designado o legal de la renta?
Joan-Francesc: En Andorra, el ordenamiento jurídico adoptado no distingue entre el titular real y el titular legal en materia fiscal. Esto significa que la tributación se basa en el propietario legal o designado de los ingresos, sin una consideración específica para el beneficiario final. Esta simplicidad conceptual contribuye a la claridad y previsibilidad del sistema tributario andorrano.
¿Varían los tipos impositivos en Andorra en función de los ingresos o del tamaño del balance del contribuyente?
Joan-Francesc: No, en Andorra, el tipo del impuesto de sociedades se mantiene constante en el 10%, independientemente del tamaño del balance del contribuyente. Este enfoque coherente ayuda a crear un entorno fiscal justo y predecible para todas las empresas, promoviendo así la transparencia y la simplicidad del sistema.
¿Las entidades no societarias, como las sociedades o los fideicomisos¹, están sujetas al impuesto de sociedades en Andorra?
Joan-Francesc: En Andorra, los fideicomisos y las sociedades no son parte integrante del ordenamiento jurídico. Esto se debe al hecho de que el propietario legal es indistinguible del beneficiario final en nuestro marco legal. Por lo tanto, el impuesto sobre sociedades no se aplica a estas entidades específicas. Este enfoque contribuye a la claridad y simplicidad del panorama fiscal andorrano.
¹Un fideicomiso es un contrato por el cual una persona (el fideicomitente) transfiere la totalidad o parte de sus bienes a otra persona (el fideicomisario), quien es responsable de actuar en beneficio de uno o más beneficiarios.
Regímenes especiales del impuesto sobre sociedades en Andorra
Abordaremos ahora los casos particulares de la fiscalidad andorrana, con preguntas que abordarán cada caso.
¿Existen regímenes especiales en Andorra para determinadas entidades, como fondos, zonas de negocio o inversiones en sectores concretos como el petróleo y el gas, el sector inmobiliario o la propiedad intelectual?
Joan-Francesc: De hecho, Andorra ofrece regímenes especiales destinados a estimular determinados sectores. En particular, existe un régimen similar al de una ²caja de patentes para el desarrollo y la explotación de la propiedad intelectual. Ofrece una importante reducción del 80% de la base imponible, lo que lleva a un tipo impositivo efectivo del 2%. Sin embargo, es importante destacar que se aplican criterios específicos, especialmente en lo que respecta al tipo de P.I. y al uso de los recursos humanos y materiales en el país.
Otro régimen especial está dirigido a las empresas que poseen exclusivamente acciones en filiales. Este régimen reduce los requisitos para la aplicación de exenciones de ganancias de capital y dividendos. Estas medidas tienen como objetivo promover el desarrollo en sectores específicos y reforzar la competitividad de Andorra en la escena internacional.
²El Patent Box es un régimen fiscal para la tributación de la propiedad intelectual que se concede a las empresas para ubicar sus patentes, investigaciones, etc. en un país determinado. En particular, este régimen fiscal permite gravar los ingresos por patentes a un tipo efectivo inferior al de los ingresos corrientes.
En Andorra, ¿existen desgravaciones fiscales en caso de reorganización societaria o transmisión intragrupo de empresas y otros activos? ¿Podría dar más detalles sobre los planes de participación que puedan aplicarse?
Joan-Francesc: Sí, en el caso de una reorganización empresarial con motivos económicos válidos, Andorra aplica un régimen de reorganización, también conocido como régimen neutral. Este régimen prevé el diferimiento de las posibles ganancias patrimoniales, alineando así las prácticas andorranas con el régimen especial de saneamiento aplicable en la Unión Europea. Estas medidas tienen por objeto facilitar los ajustes estructurales de las empresas, proporcionando flexibilidad en un contexto de cambios económicos legítimos.
¿Es posible que un contribuyente en Andorra elija otros regímenes fiscales, como diferentes métodos de cálculo de la base imponible, por ejemplo, en función de los ingresos en relación con los beneficios o por la base de caja en relación con la base contable?
Joan-Francesc: En Andorra no está permitido cambiar el método de determinación de la base imponible. El marco fiscal está normalizado, lo que garantiza un enfoque uniforme para todos los contribuyentes. Con esta limitación se pretende mantener la coherencia y simplicidad del sistema tributario andorrano.
¿Cómo tributan en Andorra las empresas cuya moneda funcional o de declaración difiere de la de la jurisdicción en la que residen?
Joan-Francesc: En Andorra, el euro es la moneda oficial y la que se utiliza para la contabilidad y la declaración fiscal. Cualquier conversión de moneda se realiza al final del año. La ganancia o pérdida de capital potencial resultante de la conversión de moneda se trata como ingreso imponible o pérdida permitida. Este enfoque tiene como objetivo garantizar la coherencia en el tratamiento fiscal de las empresas que operan con diferentes monedas.
¿Cómo tributan los activos intangibles en Andorra?
Joan-Francesc: En general, los activos intangibles en Andorra no se benefician de ningún tratamiento especial, salvo que estén acogidos al régimen fiscal especial de los cánones y rentas generadas por la explotación de determinados tipos de propiedad intelectual. En este último caso, pueden aplicarse disposiciones específicas, pero para otros activos intangibles, están sujetas a las normas fiscales estándar.
¿Existen deducciones a nivel de empresa para las cotizaciones a la pensión en Andorra?
Joan-Francesc: No, en Andorra no hay deducciones a nivel empresarial por aportaciones a la pensión. El sistema tributario no prevé un tratamiento específico de estas contribuciones en el contexto del impuesto sobre sociedades.
¿Los contribuyentes de diferentes sectores, como el bancario, están sujetos a impuestos o recargos diferentes o adicionales en Andorra?
Joan-Francesc: No, en Andorra el régimen del impuesto de sociedades es uniforme y se aplica por igual a todos los sectores, incluido el bancario. No hay recargos específicos del sector ni cargos específicos de la industria.
¿Existen otros recargos, como el recargo de solidaridad, el impuesto escolar, el impuesto sobre el patrimonio de las sociedades o el impuesto sobre las remesas a Andorra?
Joan-Francesc: No, en Andorra no existen otros recargos aplicables a las personas jurídicas. El régimen del impuesto sobre sociedades no prevé cargas adicionales como el recargo de solidaridad, el impuesto escolar, el impuesto sobre el patrimonio de las sociedades o el impuesto sobre las remesas.
¿Existen deducciones en el Impuesto de Sociedades por el patrimonio neto en Andorra?
Joan-Francesc: No, en Andorra no existen deducciones presuntas en el Impuesto de Sociedades específicamente relacionadas con el patrimonio. El sistema tributario no contempla disposiciones especiales para las deducciones automáticas de esta categoría.
¿Cómo se tratan las inversiones en activos fijos a efectos fiscales en Andorra? ¿El tratamiento fiscal sigue las cuentas, por ejemplo, a través de la amortización, o existen normas específicas sobre la amortización fiscal de la inversión en activos fijos?
Joan-Francesc: En Andorra, las inversiones en activos fijos siguen las normas contables internacionales. Las amortizaciones derivadas de estas inversiones son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades. El tratamiento fiscal está alineado con prácticas contables reconocidas internacionalmente.
¿Puede proporcionar más detalles sobre la deducción especial para inversiones de capital, incluidos los criterios y procedimientos de elegibilidad?
Joan-Francesc: La deducción especial por inversiones de capital proporciona un crédito fiscal del 5% sobre el monto total de la inversión. Esto se aplica a bienes inmuebles u otros activos de capital, y los criterios de elegibilidad pueden variar. Se recomienda consultar las disposiciones fiscales específicas o consultar a uno de los expertos financieros de clickand para obtener asesoramiento específico en función de la naturaleza de la inversión.
Con respecto a las existencias, aunque menciona que no existen normas fiscales o de valoración específicas, ¿puede explicar cómo se determina generalmente el valor de las existencias a efectos fiscales?
Joan-Francesc: A falta de normas fiscales específicas, la determinación del valor de las existencias puede, por lo general, seguir los principios de la contabilidad internacional. Esto a menudo implica el uso de métodos como el costo promedio ponderado o FIFO (primero en entrar, primero en salir). Los detalles precisos pueden depender de la naturaleza del inventario y de las prácticas contables adoptadas por la empresa.
Con respecto a las reglas fiscales para los derivados, dado que no se mencionan reglas específicas, ¿las ganancias o pérdidas relacionadas con estos instrumentos siguen generalmente las reglas fiscales estándar para las ganancias de capital?
Joan-Francesc: A falta de normas fiscales específicas sobre los derivados, las ganancias o pérdidas relacionadas con estos instrumentos podrán tratarse de conformidad con las normas generales del impuesto sobre las plusvalías. Esto puede incluir determinar cuándo se realiza la ganancia o pérdida e incluirla en los ingresos imponibles a las tasas impositivas aplicables.
¿Podría explicar con más detalle las normas contra la elusión en Andorra, en particular en lo que respecta a los principios de la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios?
Joan-Francesc: Las normas contra la elusión en Andorra se basan en los principios de erosión de la base imponible y traslado de beneficios. Estos principios tienen por objeto prevenir la evasión fiscal y la evasión fiscal impidiendo que las empresas trasladen artificialmente sus beneficios a jurisdicciones fiscales más favorables. Las normas contra la elusión pueden incluir disposiciones sobre precios de transferencia, presentación de informes con fines internacionales y otras medidas para garantizar una tributación justa y transparente.
¿Puede aclarar si la presentación internacional de información en Andorra sigue las Directrices Modelo de la OCDE sobre el Intercambio Automático de Información (CRS) u otras normas internacionales?
Joan-Francesc: La comunicación internacional de información en Andorra está regulada por el Convenio Multilateral de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal. Este convenio tiene por objeto facilitar el intercambio de información fiscal entre las jurisdicciones firmantes. Si bien esta convención podría armonizarse con las normas internacionales, se recomendaría consultar el texto específico de la convención para obtener detalles específicos sobre cómo se lleva a cabo el intercambio de información.
En cuanto a la consolidación fiscal, ¿puede proporcionar detalles adicionales sobre las circunstancias en las que está permitida en Andorra?
Joan-Francesc: La integración fiscal en Andorra está permitida bajo ciertas circunstancias. Sin embargo, solo las empresas andorranas pueden formar parte de un grupo consolidado. Los detalles específicos de las circunstancias y los criterios de elegibilidad pueden estar regulados por la legislación fiscal andorrana, y sería recomendable consultar estas disposiciones para obtener información precisa.
Lea nuestro artículo sobre integración tributaria
¿Podría dar un ejemplo concreto de cómo funcionan las normas antihíbridas en Andorra?
Joan-Francesc: Las normas antihíbridas están diseñadas para evitar situaciones en las que una entidad pueda aprovecharse de las diferencias entre los sistemas fiscales de las distintas jurisdicciones. A falta de información específica sobre las normas antihíbridas en Andorra, un ejemplo podrían incluir disposiciones para evitar instrumentos o estructuras financieras que pudieran utilizarse para generar deducciones fiscales en una jurisdicción sin incluir dichos importes en la base imponible de otra jurisdicción.
Con respecto a los impuestos indirectos, ¿existen umbrales o exenciones específicas para el impuesto sobre el valor añadido (IVA) u otros impuestos indirectos?
Joan-Francesc: Los detalles específicos de los umbrales o exenciones del IVA u otros impuestos indirectos en Andorra pueden regirse por la legislación fiscal. Se recomienda consultar estas disposiciones para obtener información específica sobre los umbrales o exenciones aplicables.
Por último, ¿puede aclarar si el impuesto de salida en caso de cambio de residencia se basa en el valor de mercado actual o en el valor fiscal de los activos?
Joan-Francesc: El impuesto de salida en caso de cambio de residencia en Andorra se basa en el valor justo de mercado de los activos de la empresa y el valor fiscal de estos activos. Esto podría implicar la valoración de los activos a su valor actual de mercado en el momento del cambio de residencia. Los detalles precisos del método de valoración pueden regirse por la legislación fiscal y pueden requerir una valoración profesional.
Resumen sobre fiscalidad e impuesto de sociedades en Andorra
Concluyendo esta entrevista exclusiva sobre fiscalidad en Andorra con Joan-Francesc Montané Debias, queda claro que este pequeño país de 468 kilómetros cuadrados ofrece un entorno fiscal único y atractivo para las empresas. La claridad del sistema de tributación única, la competitividad de los tipos impositivos, los regímenes especiales favorables y el compromiso con las normas internacionales lo convierten en una opción atractiva para empresarios e inversores.
Joan-Francesc destacó la flexibilidad del sistema, que permite a las empresas beneficiarse de importantes exenciones y beneficios fiscales, especialmente en el ámbito de la propiedad intelectual. Además, los esfuerzos continuos de Andorra para armonizar sus prácticas con los protocolos internacionales, como los tratados de doble imposición, refuerzan su reputación como destino fiscal seguro y responsable.
Las perspectivas optimistas para el futuro, con posibles reformas legislativas centradas en la inversión extranjera y la tecnología, sugieren que Andorra se mantenga atento a los desarrollos globales al tiempo que preserva su atractivo fiscal único.
Agradecemos calurosamente a Joan-Francesc por compartir su profunda experiencia y sus perspicaces consejos, proporcionando una visión clara y completa del panorama fiscal en Andorra. Esta entrevista es un recurso valioso para aquellos que están considerando aventurarse en el mundo de los negocios en este pequeño pero dinámico principado.
